INFORMACIÓN LEGALEl sistema interno de información te permite reportar cualquier actuación que suponga una efectiva limitación de los derechos y garantías previstos en la Ley 2/2023. Si presentas una comunicación, incluso aunque no sea de manera anónima, debes conocer que queda preservada tu identidad, que no puede ser comunicada a terceros, y garantizada la confidencialidad de los datos correspondientes a las personas afectadas y a cualquier tercero que se mencione en la información suministrada. Las revelaciones que deban hacerse quedan sujetas a salvaguardas establecidas en la normativa aplicable
INFORMACIÓN ADICIONALLe informamos que aquellas comunicaciones que se realicen a sabiendas de su falsedad, serán objeto de una infracción grave, en los términos establecidos en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, pudiendo ser sancionadas, en el caso de las personas físicas, con hasta 300.000€
PROTECCIÓN DE DATOS
Su comunicación puede tramitarse de manera anónima. No obstante, en caso de que decida facilitar sus
datos personales, le informamos que sus datos se incorporarán a tratamientos cuyo responsable es CGM AUDITORES SLP.
La finalidad es evaluar, analizar y dar respuesta a la denuncia presentada y, en su caso, realizar las
actuaciones correspondientes por parte de CGM AUDITORES SLP. Los datos de quien formule la comunicación y
de los empleados y terceros se conservarán en el canal interno de información únicamente durante el tiempo
imprescindible para decidir sobre la procedencia de iniciar una investigación sobre los hechos denunciados.
En todo caso, si se acredita que la información facilitada o parte de ella no es veraz se eliminarán de forma
inmediata, salvo que dicha falta de veracidad pueda constituir un ilícito penal, en cuyo caso se guardará la
información por el tiempo necesario durante el que se tramite el procedimiento judicial. En todo caso,
transcurridos tres meses desde la recepción de la comunicación sin que se hubiesen iniciado actuaciones de
investigación, se procederá a su supresión, salvo que la finalidad de la conservación sea dejar evidencia
del funcionamiento del sistema. Las informaciones a las que no se haya dado curso se guardarán de forma anonimizada.
La base jurídica que legitima el tratamiento es el cumplimiento de una obligación legal dispuesta en la Ley 2/2023,
de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra
la corrupción, o el interés público en el caso de ser una administración pública o no ser ninguna de las entidades
que tiene la obligación de disponer de sistema interno de información en base al art. 10 de citada Ley. En el caso
de que por la denuncia presentada se tratasen categorías especiales de datos personales, este tratamiento estaría
legitimado por razones de un interés público esencial. Los datos personales del informante no serán comunicados a
las personas a las que se refieren los hechos relatados ni a terceros, salvo a petición razonada de la Autoridad
judicial competente, mediante auto, y en el marco de un procedimiento judicial y bajo la tutela de aquella. En cualquier
caso, si los hechos comunicados revistieran carácter delictivo sí que se comunicarán al Ministerio Fiscal. Será lícito
el tratamiento de los datos por otras personas, o incluso su comunicación a terceros, cuando resulte necesario para
la adopción de medidas correctoras en la entidad o la tramitación de los procedimientos sancionadores o penales que,
en su caso, procedan.